HOME - Ver intro domingo, 26 de mayo de 2013


Con anterioridad al año 1992 la administración de todos los puertos del país se encontraba centralizada en una empresa estatal monopólica, la Administración General de Puertos Sociedad del Estado.

Revertir esta situación anómala ha constituído precisamente el objetivo esencial de los distintos proyectos de ley de puertos orientados bajo los principios de privatización, desmonopolización, desregulación y federalización.

Con fecha 3 de junio de 1992 fue sancionada la Ley 24.093 (Ley de Puertos), no solo con el propósito de obtener la consecución del principio de descentralización política y administrativa de los puertos, sino también persiguiendo el aumento de la eficiencia operativa de todo el sector portuario, para lograr una disminución de los costos en general y lograr una mayor agilidad en la operación integrada del transporte.

Esencialmente la ley de Puertos regula los siguientes asuntos:

a) Define el concepto de puerto como el ámbito acuático y terrestre natural o artificial e instalaciones fijas aptos para las maniobras de fondeo, atraque y desatraque y permanencia de buques o artefactos navales.

b) Clasifica los puertos según la titularidad del inmueble en: nacionales, provinciales, municipales o particulares; según su uso en: públicos y privados y según su destino en: comerciales, industriales o recreativos.

c) Establece las condiciones y requisitos necesarios para la habilitación de los puertos,

d) Crea la Autoridad Portuaria Nacional, determina su jurisdicción y dispone un régimen sancionatorio para el incumplimiento de su normativa.

e) Dispone la transferencia del dominio, administración o explotación a los estados provinciales, municipales o a la actividad privada de los puertos nacionales hasta ese momento administrados, explotados y controlados por la Administración General de Puertos Sociedad del Estado.

A partir del dictado de la citada norma se desarrollan administraciones portuarias encargadas de la explotación de los puertos, que se encuentran reguladas y controladas por la Autoridad Portuaria Nacional.

Como consecuencia de ello las administraciones portuarias comienzan a tener similares necesidades, a enfrentar dificultades parecidas, compartir objetivos comunes, propender al acercamiento y entendimiento recíproco asegurando una relación armónica entre los puertos.

Por estas circunstancias y para cumplir con los citados objetivos se constituye el Consejo Portuario Argentino.

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